Comunicados Importantes
CIRCULAR N°139-2020
Asunto: Atención telefónica en los despachos judiciales.
A LAS JEFATURAS DE LAS OFICINAS JUDICIALES DEL PAÍS SE LES HACE SABER QUE:
El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión No. 55-2020, celebrada el 4 de junio de 2020, artículo LXII, acordó hacer de conocimiento de todas las jefaturas de las oficinas judiciales del país, lo siguiente:
“Que la Corte Plena en sesión extraordinaria N° 26-2020, celebrada el 13 de mayo de 2020, artículo Único, en atención a las medidas adoptadas por el Ministerio de Salud, así como el decreto ejecutivo 42227-MS emitido el día 16 de marzo de 2020, en que se declara estado de emergencia nacional en todo el territorio de la República de Costa Rica, debido a la situación de emergencia sanitaria provocada por la enfermedad COVID-19, acordó mantener vigentes y ampliar hasta el 31 de mayo, entre otros, los acuerdos tomados y comunicados mediante las Circulares de interés N°52-2020 y 63-2020, en las que se dispone garantizar la continuidad de los servicios que se debe dar a las personas usuarias, sin dejar de la lado la necesidad de proteger la vida, salud, seguridad, libertad y el interés u orden público.
La Contraloría de Servicios, por su parte, ha identificado casos en los cuales las personas usuarias acuden presencialmente a los edificios del Poder Judicial a realizar diversas consultas porque no han tenido acceso vía telefónica a los despachos judiciales, aun cuando se han promovido acciones para maximizar el uso de otros canales que se tienen a disposición como el correo electrónico y Sistema de Gestión en Línea, los cuales, mediante su utilización, coadyuvan a minimizar el riesgo de contagio tanto del personal judicial como de las personas usuarias.
POR TANTO
Se acuerda:
Solicitar a todos los despachos del país que se garantice la suficiente atención telefónica para las personas usuarias de los servicios, según las directrices emitidas, con el fin de facilitar la orientación e información por esa vía, sin que se requiera traslados innecesarios a las instalaciones del Poder Judicial, así como fomentar el uso de canales electrónicos para la realización de trámites que así lo permitan y así contribuir para evitar la propagación del COVID 19.”.
De conformidad con la circular N° 67-09 emitida por la Secretaría de la Corte el 22 de junio de 2009, se le comunica que en virtud del principio de gratuidad que rige esta materia, la publicación está exenta de todo pago de derechos.
Publíquese una sola vez en el Boletín Judicial.
San José, 1 de julio de 2020.
Lic. Carlos T. Mora Rodríguez
Subsecretario General interino
Corte Suprema de Justicia
Ref.: 1810, 6329-2020.